Comisiones Obreras de Extremadura | 19 abril 2024.

El TSJ de Extremadura estima la solicitud de CCOO

“Tenorio e Hijos”, debe asumir el lavado de la ropa de trabajo

    El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura admite la solicitud de CCOO para que sea la empresa la que se haga cargo de la uniformidad de personal de ambulancias, en su lavado, desinfección y descontaminación.

    30/04/2020.
    Ambulancia Tenorio e Hijos de Extremadura

    Ambulancia Tenorio e Hijos de Extremadura

    El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura Sala Social Cáceres, ESTIMA LAS MEDIDAS CAUTELARES en su AUTO 00006/20 en relación con la demanda incidental de medidas cautelares previas a la demanda, interpuesta por el sindicato COMISIONES OBRERAS DE EXTREMADURA, frente al SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD(SES)y la empresa AMBULANCIAS TENORIO E HIJOS SL
    En este escrito enviado por la organización sindical de CCOO se solicitaba que:

    "Se requiera a las demandadas para que con carácter urgente y respecto a los profesionales del transporte sanitario de ambulancias de la empresa AMBULANCIAS TENORIO E HIJOS SL, tanto de servicios urgentes como de no urgentes, se prohíba que el personal técnico de transporte sanitario se lleve la ropa de trabajo y equipos de protección individuales a su domicilio para su lavado, debiendo ser la empresa la que se responsabilice y asuma el lavado, descontaminación y en caso necesario, destrucción de la ropa de trabajo "

    En su parte dispositiva el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura expresa lo siguiente:

    "Se requiere a la empresa AMBULANCIAS TENORIO E HIJOS SL respecto a los profesionales del transporte sanitario de ambulancias de la empresa, tanto de servicios urgentes como de no urgentes, para que se prohíba que el personal técnico de transporte sanitario se lleve la ropa de trabajo y equipos de protección individuales expuestos a agentes biológicos derivados del COVID-19 y para que ella misma lleva a cabo el lavado, descontaminación y en caso necesario, destrucción de tales elementos de trabajo.
    Se requiere al SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD para que vigile que dicha empresa cumpla con el requerimiento que se la efectúa.
    Se advierte a las partes que contra este auto no cabe recurso”