Comisiones Obreras de Extremadura | 6 julio 2026.

CCOO gana una sentencia que condena al Ayuntamiento de Villanueva de la Serena y al SES por despido improcedente a trabajadores del Hospital de Santa Justa

    CCOO ha ganado una sentencia en la que se dicta que el despido de siete trabajadores y trabajadoras del Hospital de Santa Justa de Villanueva de la Serena fue improcedente y les da derecho a elegir si quieren ser readmitidos o indemnizados.

    03/07/2026.
    Sentencia ganada por CCOO

    Sentencia ganada por CCOO

    La sentencia del Tribunal de Instancia de la Sección Social de Badajoz condena al Ayuntamiento de Villanueva y al Servicio Extremeño de Salud (SES) y da la razón a los servicios jurídicos de CCOO que, a través de su Federación de Servicios a la Ciudadanía, ha defendido los derechos legales de estos trabajadores.

    El Tribunal, por un lado, declara improcedentes los despidos porque la indemnización no fue puesta a su disposición en el momento en el que se entregó la carta de despido y, por otro, aprecia una cesión ilegal de trabajadores, puesto que, aunque la plantilla figuraba formalmente contratada por el Ayuntamiento, la dirección efectiva del trabajo correspondía al Servicio Extremeño de Salud.

    Hay que recordar que los trabajadores y trabajadoras del Hospital Santa Justa fueron despedidos el 17 de enero de 2025, utilizando la figura del despido objetivo, por la decisión del SES de rescindir el convenio subscrito con el consistorio que hacía posible la prestación de servicios en este centro sanitario y que tuvo que ser cerrado por ese motivo.

    Desde CCOO se reclamó en aquel momento voluntad política para encontrar una fórmula para no prescindir de los trabajadores y las trabajadoras. Entre las posibilidades estaba mantener el convenio hasta que se encontrase una alternativa de uso al hospital, algo que no se podía hacer de manera inmediata, pero que ya se ha anunciado con la adecuación para un centro de día, y que permitiese mantener el empleo.

    La sentencia concede a los trabajadores despedidos un plazo de tres días para elegir personalmente sobre cuál de las dos administraciones prefieren que recaiga las consecuencias del despido. Una vez realizada esa elección, la administración seleccionada dispone de cinco días para optar entre readmitir a los trabajadores o abonar la indemnización correspondiente, descontando las cantidades que ya hubieran percibido.

    Desde la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO se valora esta decisión judicial y se pone el foco en la apreciación por parte del Tribunal aprecia de que se estaba produciendo una cesión ilegal de trabajadores, algo que puede ser trasladado a otras situaciones en la región.

    La plantilla del Hospital trabajaba realmente para el SES, aunque formalmente estuviera contratada por el Ayuntamiento. Era el Servicio Extremeño de Salud el que llevaba a cabo la dirección efectiva del trabajo, pues era quien organizaba cuadrantes, programaba citas, suministraba materiales y autorizaba permisos o vacaciones. El Ayuntamiento lo único que hacía era abonar las nóminas con cargo a subvenciones y, finalmente, efectuar los despidos, algo que hizo de manera inadecuada según indica la sentencia.

    Como consecuencia de esa cesión ilegal, el tribunal declara la responsabilidad solidaria del Ayuntamiento y del Servicio Extremeño de Salud. Esto significa que ambas administraciones quedan obligadas frente a los trabajadores por las consecuencias del despido, sin que puedan eludir su responsabilidad alegando que correspondía exclusivamente a la otra entidad. La finalidad de esta responsabilidad solidaria es proteger a los trabajadores y garantizar que puedan obtener la readmisión o la indemnización reconocida.