Comisiones Obreras de Extremadura | 28 marzo 2024.

El peligro de perder los avances conquistados en las relaciones laborales

    Encarna Chacón. Secretaria General de CCOO de Extremadura

    16/02/2018.

    No se puede poner en duda que, con una perspectiva tan larga como el último siglo, se han producido avances notables en las relaciones laborales, en gran medida gracias a la lucha sindical y de la clase trabajadora, pero debemos combatir la ideología imperante en los últimos años que ha facilitado el empleo temporal, con reducción de derechos y cada vez peores salarios.
    España era a principios del siglo XX un país atrasado económicamente, aunque con desigualdades claras entre regiones industrializadas y otras, como la extremeña, eminentemente rural.
    El primer cambio normativo relevante se produce con la Ley de Dato de 1900 relativa a contingencias por accidentes laborales, enfermedad, prevención y seguros de retiro. Será en 1919 cuando, fruto de las movilizaciones de los trabajadores en la huelga de la Canadiense, el Conde de Romanones firmó el decreto de la jornada de 8 horas. Durante la II República se aprobaron leyes históricas como la de la reforma agraria.
    La Guerra Civil y la autarquía que impuso el régimen franquista nos produjo aislamiento y retraso. Hay que resaltar el trato discriminatorio que por ley sufrieron las mujeres en este periodo. Ejemplo de ello fue el Fuero del Trabajo de 1938. Esta ley recogía literalmente que se ?prohibirá el trabajo nocturno de las mujeres y niños, regulará el trabajo a domicilio y liberará a la mujer casada del taller y de la fábrica?. Se legislaba así reforzando la división sexual del trabajo, estableciendo además, la excedencia forzosas de las mujeres cuando se casaran, para dedicarse a la familia. En el mismo sentido la Ley de Contrato de Trabajo de 1944 impone que las mujeres casadas deben pedir el consentimiento del marido para trabajar.
    En 1961 con la ley 56/1961 sobre Derechos Políticos Profesionales y de Trabajo de la Mujer, mejora la situación, aunque excluye a las mujeres de profesiones como el Ejército, los cargos de Magistrados, Jueces y Fiscales o el personal titulado de la Marina Mercante, excepto las funciones sanitarias.
    Hasta la aprobación de  la Constitución de 1978, es decir, solo hace 40 años, el derecho al trabajo de las mujeres no ha sido plenamente  reconocido.
    El Estatuto de los Trabajadores, vino precedido de huelgas y manifestaciones, pero quiere suponer la ruptura definitiva con el sistema de relaciones laborales franquistas. CCOO, la primera organización sindical del país, advirtió en palabras de Marcelino Camacho, entonces su secretario general, que ?si no se modifica sustancialmente, nacerá muerto».
    Posteriormente, la reforma laboral de 1984 flexibiliza la contratación temporal, dando comienzo al boom de la contratación precaria, que persistirá hasta nuestros días. Esta tendencia se impulsa con la reforma de 1992, que en un escenario de crisis económica, destrucción de empleo y  elevada temporalidad, no solo no evita estos males, sino que generaliza la práctica de contratos temporales estructurales. El 28 de mayo de este mismo año se convoca una huelga general de media jornada, por CCOO Y UGT, en respuesta a esta reforma.
    Durante estos años, en Extremadura se produce una gran reconversión industrial que genera una gran contestación sindical y afecta a empresas como Diter, Funditer, Extrelam, Aplicor, Fariñas, Gresiber, Graesa?
    En 1994 se produce una nueva reforma laboral que promueve un modelo de crecimiento que favorece aún más la elevada temporalidad. Nuevamente, desde el sindicalismo de clase se responde a esta reforma con la huelga general del 27 de enero. Sin embargo, la reforma de 1997, que sí es acordada con los agentes sociales, fomenta la estabilidad del empleo.
    En 2002, la reforma que se promueve, abarata los costes del despido, con el denominado ?decretazo? y la desaparición del PER,  y tuvo una respuesta sindical contundente, especialmente en Andalucía y Extremadura, logrando echar atrás los planes del Gobierno
    El acuerdo con los agentes sociales en la reforma de 2006 pretende impulsar la reducción de la temporalidad del empleo, pero la fortísima caída en la actividad económica en la crisis tuvo un notable impacto sobre el mercado de trabajo, especialmente en términos de destrucción de empleo
    Las reformas laborales más recientes, las  2010  y 2012, han sido especialmente destructivas, especialmente esta última. Contra ellas, los sindicatos CCOO y UGT, convocaron dos huelgas generales. Con el transcurso de los años sabemos de la  inutilidad de estas reformas para la creación de empleo de calidad, ya que sustituye empleo fijo y con derechos, por empleo precario. Además, se mina la negociación colectiva porque se da prevalencia al convenio de empresa sobre el del sector, permitiendo los descuelgues de este último, empeorando las condiciones laborales.
    Vemos que las reformas laborales, que se han venido produciendo sin el consenso del sindicalismo de clase, han influido de manera decisiva en el incremento de la temporalidad en momentos de crecimiento económico, mientras que en situaciones de crisis, no solo no han evitado la destrucción de empleo, sino que han hecho que este sea mucho más vulnerable y precario
    Ante esta situación se hace necesario un nuevo escenario de las relaciones laborales que posibiliten mayor estabilidad y mejores condiciones para los trabajadores y trabajadoras. Para ello es imprescindible la derogación de la Reforma Laboral  y, para evitar la brecha de género, necesitamos una ley de igualdad salarial. Sólo así llegaremos a ser una sociedad realmente democrática.