Comisiones Obreras de Extremadura | 29 marzo 2024.

Es necesario un protocolo especifico de ventilación de las aulas escolares extremeñas ante la llegada del invierno

    29/10/2020.
    Protocolo de ventilación

    Protocolo de ventilación

    La Federación de Enseñanza de Comisiones Obreras de Extremadura comparte la preocupación de la comunidad educativa extremeña ante la llegada de las bajas temperaturas y considera que es imprescindible que la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura elabore un protocolo en el que se detallen las condiciones ambientales de las aulas.

    Desde CCOO, consideramos que el documento enviado por la Secretaría General de Educación a los centros educativos con el nombre de “Aclaraciones relativas a la ventilación”, es insuficiente, poco preciso y recoge muchas recomendaciones que no están respaldadas por informes científicos. Además, el documento se limita a recomendar con expresiones del tipo: “siempre que sea posible”, “puede optarse por”, “en la medida de lo posible”, …, cuando en estos momentos lo que necesita la comunidad educativa extremeña son normas claras y que las decisiones se tomen tras un análisis de necesidades riguroso.

    Desconocemos en qué informes técnicos se han basado la Consejería de Educación y Empleo para la elaboración del mencionado documento, pero entendemos que es inadmisible que se limite a sugerir el uso de ropa de abrigo y la compra por parte de los propios centros educativos de equipos de ventilación y extracción de aire de los que se desconoce su efectividad y para los que los centros no disponen de presupuesto.

    En CCOO consideramos que hay que hacer una utilización correcta de los sistemas de ventilación natural o mecánica, como medida complementaria a las ya puestas en marcha, pero como hemos indicado anteriormente, esto requiere un estudio previo llevado a cabo por técnicos de prevención.

    Recordamos a la Consejería de Educación y Empleo que, según el documento de Condiciones Termohigrométricas, elaborado por el propio Servicio de Salud y Riesgos Laborales en Centros Educativos de esa Consejería, en base al R.D. 486/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, la propia Consejería incluye, entre otras, las siguientes indicaciones:

    1. La exposición a las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no debe suponer un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores.

    2. Asimismo, y en la medida de lo posible, las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no deben constituir una fuente de incomodidad o molestia para los trabajadores. A tal efecto, deberán evitarse las temperaturas y las humedades extremas, los cambios bruscos de temperatura, las corrientes de aire molestas…

    3. En los locales de trabajo cerrados deberán cumplirse, en particular, las siguientes condiciones:

    a) La temperatura de los locales donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o similares estará comprendida entre 17 y 27º C. La temperatura de los locales donde se realicen trabajos ligeros estará comprendida entre 14 y 25º C.

    b) La humedad relativa estará comprendida entre el 30 y el 70 por 100, excepto en los locales donde existan riesgos por electricidad estática en los que el límite inferior será el 50 por 100.

    c) Los trabajadores no deberán estar expuestos de forma frecuente o continuada a corrientes de aire cuya velocidad exceda de determinados límites.

    Entendemos, por tanto, que la Consejería de Educación debe trabajar en la línea de garantizar el cumplimiento de su propia normativa y hacer posible unas condiciones mínimas de confortabilidad y seguridad.

    Por último, recordamos a la Administración el principio de precaución que se encuentra regulado en los artículos 3 y 27 de la Ley 33/2011 General de Salud Pública que obliga a la autoridad pública a gestionar un riesgo aplicando los principios de proporcionalidad y de precaución.

    CCOO denuncia, además, que este documento no ha pasado por el Comité de Seguridad y Salud Laboral ni por ninguna mesa sectorial o técnica para su negociación, por lo que la Consejería de Educación y Empleo continua con su dinámica de ningunear a los legítimos representantes de los trabajadores y el papel que la legislación vigente atribuye a las organizaciones sindicales con representación en el ámbito de la negociación colectiva.

    Documentación asociada
    Documentación asociada