Comisiones Obreras de Extremadura | 25 abril 2024.

Urge la convocatoria de una mesa sectorial de Educación para la negociación de las plantillas funcionales

    La Federación de Enseñanza de Comisiones Obreras de Extremadura exige a la Junta que negocie en mesa sectorial decisiones tan importantes como las planillas funcionales docentes y no las utilice como mero trámite informativo.La Consejería de Educación no se muestra dispuesta a convocar la mesa sectorial que pedimos para la negociación de las plantillas para evitar el debate e imponer su criterio, conculcando una vez más la Ley de Libertad Sindical y el papel que dicha norma nos atribuye a las organizaciones sindicales.

    29/06/2021.
    Aula

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    La Consejería toma como referencia para las instrucciones de inicio de curso la “Guía general para la organización y desarrollo de la actividad educativa para el curso 2021/2022”, ésta guía no se nos ha facilitado aún, ni se ha contado con las centrales sindicales para su elaboración, ya que desconocemos si hay cambios sustanciales respecto a la del curso actual que afecten a la organización de los centros, lo que, de nuevo, dificulta la negociación.

    Así mismo, denunciamos, un año más, el incumplimiento del Acuerdo entre la Junta y los sindicatos con representación en la Mesa General de las 18 horas lectivas del profesorado de enseñanzas medias. Consideramos que es un grave retroceso en las condiciones laborales de los docentes. El recorte que este incremento horario ha supuesto una disminución del número de docentes, que se ha camuflado con los refuerzos COVID, pero que repercute muy negativamente en el funcionamiento de los centros ya que se sacrificarán desdobles y se eliminarán horas de coordinación docente.

    Seguiremos insistiendo para que se vuelva a las 18 horas en el curso 2022-23, máximo horario máximo establecido por la Ley 4/2019, de 7 de marzo, de mejora de las condiciones para el desempeño de la docencia y la enseñanza en el ámbito de la educación no universitaria. Igualmente insistimos a la Consejería que ajuste el horario a 23 horas lectivas para los maestros y las maestras, tal y como recomienda la citada norma.

    De la misma manera, solicitamos que la reducción horaria lectiva, para mayores de 56 se otorgue siempre que se solicite, ya que es fruto del acuerdo antes referido. La concesión se hace este curso más necesaria, al tratarse de profesorado vulnerable al Covid-19. Recordamos que el hecho de que esta medida solo se vaya a tener en cuenta en aquellos casos en que pueda ser asumida por los centros sin modificación de plantilla asignada a los mismos, incumple lo acordado con los sindicatos, ya que muchos de los docentes no podrán acogerse a ella, al no haberse planificado las plantillas teniendo en cuenta esta reducción horaria. Seguimos solicitando a la Consejería un esfuerzo en este sentido a fin de que esta reducción horaria sea un derecho real de los docentes.

    Respecto al agrupamiento del alumnado. En base a la información facilitada por la Consejera en la mesa anterior, se prevé que los grupos de primaria e infantil se agrupen en grupos de convivencia estable ratio máxima de 25 niños/as y relajación de distancias de seguridad a 1,2 m en bachillerato y otras enseñanzas no obligatorias. Está claro que, aunque la situación sanitaria es mejor que el curso pasado, la relajación de las medidas obedece tan sólo a criterios económicos y no educativos o de seguridad sanitaria, por lo que no las compartimos. En nuestra opinión deben bajarse las ratios de infantil y primaria a 20 alumnos/as por aula, además es necesario mantener los apoyos de infantil. Es necesaria una inversión fuerte en la educación pública para bajar las ratios, ya que esta bajada temporal de las mismas ha venido a demostrar que la calidad de la enseñanza y rendimiento económico mejora notablemente.

    Por último, CCOO se opone a que el profesorado de religión pueda ser tutor, impartiendo sólo una clase a la semana. Es una medida muy desafortunada que muy poco tiene que ver con la búsqueda de la calidad de la enseñanza y de una óptima tutorización y orientación educativa, además de que la función tutorial debe recaer sobre un docente no sobre personal laboral, tal como marca la ley educativa en vigor.