Comisiones Obreras de Extremadura | 4 mayo 2024.

CCOO firma los calendarios laborales de las provincias de Badajoz y Cáceres para el sector de la Construcción y Derivados del Cemento de este año

    CCOO del Hábitat de Extremadura ha firmado los calendarios laborales de las provincias de Badajoz y Cáceres para el sector de la Construcción y Derivados del Cemento de este año cerrando así un episodio de discrepancias entre patronal y sindicatos y fijando finalmente en 1.736 horas el cómputo anual de jornada laboral.

    22/04/2024.
    Calendarios laborales de Badajoz y Cáceres de la Construcción y Derivados del Cemento

    Calendarios laborales de Badajoz y Cáceres de la Construcción y Derivados del Cemento

    Estos calendarios sustituyen a los firmados anteriormente por las patronales y en solitario por el sindicato minoritario de UGT y sobre los que CCOO había mostrado su oposición porque no atendían a los intereses de los trabajadores y trabajadoras de estos sectores.

    Para este acuerdo han sido necesarias siete reuniones de la comisión negociadora y dos actos de mediación en el seno de la Fundación de Relaciones Laborales de Extremadura. Finaliza así este periplo de discrepancias y se retoma la paz social en Construcción y Derivados del Cemento.

    En este calendario se establecen como jornada máxima anual 1.736 horas y se acuerda establecer como días festivos de convenio, abonables y no recuperables los días 12 de febrero, 1 de abril, 16 de agosto; y el 22, 23, 30 y 31 de diciembre.

    Además, hay que sumar un día en las ferias y fiestas de cada localidad, que en Badajoz capital será el 18 de marzo; en Mérida el 24 de mayo; En Cáceres el 22 de abril; y en Plasencia, el 17 de junio.

    Se aprueba la reducción de jornada ordinaria en una hora del 12 de julio al 14 de agosto, ambos inclusive, además 8 horas de reducción en la jornada de trabajo en la que se decreten avisos rojo o naranja de la AEMET.

    Las reducciones que operen tendrán una duración mínima de una hora. Si estas alertas no se dieran, los trabajadores y trabajadoras serán compensados con el tiempo equivalente en descanso o en su defecto mediante compensación económica.

    Dadas las fechas en las que se firman estos calendarios, si alguno de los días establecidos de convenio no se hubiese disfrutado, se consignará una nueva fecha para su disfrute.

    Este año se establecen cuatro días de reducción de jornada, un día más que en años anteriores.